¿QUE ES UNA DENUNCIA?
Es el mecanismo mediante el cual cualquier persona notifica o da aviso en forma verbal o escrita, a los organismos que constituyen la Administración Pública, cuando existiese conductas o hechos que pudiesen presumir un manejo irregular o detrimento de los fondos o bienes del Estado, bien sea por parte de un servidor o servidora pública o ciudadanos o ciudadanas que administren dichos fondos.
TIPOS DE DENUNCIAS:
1. Denuncias formuladas verbalmente: Se levantara un acta en presencia del denunciante, quien la firmara junto al servidor que la reciba.
2. Denuncias formuladas por escrito: Este tipo de denuncia será firmada por el denunciante o por un apoderado con facultades para hacerlo. Si el denunciante no puede firmar, estampara sus huellas dactilares.
PROPOSITO DE LA DENUNCIA
La formulación de una determinada denuncia por parte de cualquier ciudadano, es la de proporcionar al órgano de control fiscal competente, el conocimiento de que funcionarios o particulares se encuentran involucrados en actos, hechos u omisiones contrarios a una disposición legal o sublegal, relacionados con la administración, manejo y custodia de fondos o bienes públicos, o que se hubiere causado un daño al patrimonio público, para que se inicien las investigaciones administrativas correspondientes a los fines de comprobar la veracidad y exactitud de la irregularidad y se establezcan las sanciones pertinentes.
REQUISITOS PARA INTERPONER LA DENUNCIA
1. Copia de la cedula de identidad del denunciante.
2. Copia de los documentos en los que conste los hechos a denunciar.
3. Datos completos de las Entes, Personas u Organizaciones Populares Involucrados en el caso..
4. Toda denuncia de resultar falsa, infundada o versada sobre actos, hechos u omisiones que no ameriten averiguación, no será tramitada y se acordara su archivo, con su debida notificación.
NOTA: No se admitirán denuncias, quejas, y reclamos en forma anónima.
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